¿Cuál es el plazo para accionar despido incausado o fraudulento en la vía laboral?

Algunos comentarios a la sentencia emitida en el Expediente N° 03569-2012

Autores/as

  • Arturo Trelles Garrido Lecca

Palabras clave:

despido fraudulento, despido incausado, LPCL, NLPT

Resumen

El estudiante Arturo Garrido realiza algunos comentarios a la sentencia emitida en el Expediente N° 02569-20120-1501-JR-LA-02, en la cual la Segunda Sala Mixta de Huancayo declaró infundada la excepción de caducidad respecto a la acción de despido fraudulento.

Biografía del autor/a

Arturo Trelles Garrido Lecca

Arturo Trelles Garrido Lecca es Asociado del Estudio García Sayan, abogado por la Universidad de Piura y asociado de Ita Ius Esto.

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Publicado

2013-05-06

Número

Sección

Boletín