¿Cuál es el plazo para accionar despido incausado o fraudulento en la vía laboral?
Algunos comentarios a la sentencia emitida en el Expediente N° 03569-2012
Palabras clave:
despido fraudulento, despido incausado, LPCL, NLPTResumen
El estudiante Arturo Garrido realiza algunos comentarios a la sentencia emitida en el Expediente N° 02569-20120-1501-JR-LA-02, en la cual la Segunda Sala Mixta de Huancayo declaró infundada la excepción de caducidad respecto a la acción de despido fraudulento.